01/02/2021
Las solicitudes se pueden presentar hasta el 12 de febrero. Para más información: https://sede.torrelavega.es/sta/CarpetaPublic/doEvent?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=PTS_CATSERV
Está abierto el plazo para solicitar las ayudas que ha convocado el Ayuntamiento de Torrelavega a favor del Sector del Taxi, Establecimientos de Ocio Nocturno, y a favor de Pymes y Autónomos del barrio de La Inmobiliaria, cuya actividad se haya visto afectada por un segundo confinamiento durante el mes de septiembre de 2020 a causa de la COVID-2019. Esta convocatorio cuenta con una partida presupuestaria de 200.000 euros.
Según recoge el Boletín Oficial de Cantabria de fecha 28 de enero de 2021, las solicitudes se pueden presentar durante los próximos 15 días naturales desde las 00.00 horas de hoy, es decir, hasta el 12 de febrero a las 24 horas. Las ayudas serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos concedidos o procedentes de otras administraciones públicas, entidades o personas.
REQUISITOS BENEFICIARIOS
Para ser beneficiario se deberán cumplirse los siguientes requisitos específicos:
1. El Sector del Taxi y Establecimientos de Ocio Nocturno:
Tener su centro de trabajo y desarrollar su actividad en el Municipio de Torrelavega. Los beneficiarios que no precisen de centro de trabajo para desarrollar su actividad, deberán tener su domicilio fiscal en Torrelavega.
No tener mas de cincuenta (50) trabajadores de alta en la empresa en la fecha de presentación de la solicitud, en cualquiera de las modalidades de contratación y computando tanto el régimen general como el especial de los trabajadores autónomos.
2. Las Pymes y Autónomos:
Tener el centro de trabajo y desarrollar su actividad en el Barrio de la Inmobiliaria de Torrelavega que comprende los siguientes espacios perimetrales:
No tener mas de cincuenta (50) trabajadores de alta en la empresa en la fecha de presentación de la solicitud, en cualquiera de las modalidades de contratación y computando tanto el régimen general como el especial de los trabajadores autónomos.
Además, las bases establecen que “únicamente” se podrá presentar una solicitud por cada persona física o jurídica, vinculada con su número de identificación fiscal.
En cuanto al importe de la subvención, se fijará teniendo en cuenta el número de trabajadores de la persona o entidad solicitante en la fecha de presentación de la misma:
Para más información se puede consultar el BOC https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=357402. Mientras que el Extracto se puede consultar en el enlace: https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=357712. La documentación se pueden encontrar en la página web del Ayuntamiento de Torrelavega: www.torrelavega.es en Sede Electrónica/Registro Electrónico página 7. https://sede.torrelavega.es/sta/CarpetaPublic/doEvent?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=PTS_CATSERV
Fuente: Ayuntamiento Torrelavega
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